Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Revisa la medida de Libertad Asistida que le fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia ACUERDA: MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO, aplicada al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, faltándole por cumplir un lapso de CINCO (05) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS, en sentencia dictada por el Tribunal de Primera de Instancia en función de Juicio Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en artículo 460 del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en concordancia con el artículo 83 ejusdem; cometido en perjuicio de la TASCA R.....