En tal sentido, pretende la parte accionante, a través del recurso interpuesto se le ampare ante los actos de ejecución de la sentencia proferida por el Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 10 de mayo de 2004, sin haber dado cumplimiento a los requisitos de procedencia de este medio extraordinario de impugnación como han sido los señalados ut supra. Por consiguiente, este Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la presente Acción de Amparo Constitucional Sobrevenido, propuesta por el abogado ASDRUBAL RAMON GOITIA, en representación de la sociedad mercantil CACHAPERA RESTAURANT LA MEDIANIA, C.A., antes identificados, en contra de la sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Primero Transitorio de .....