Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado WHELLFFLL JHOFFYS SANCHEZ MATA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.480.650, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 04-03-1982, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos ORLANDO SANCHEZ y de NERIS MATA, ambos vivos, residenciado en la Calle Altamira N° 35. Las Delicias. Puerto La Cruz. Estado Anzoátegui. y ALEXANDER DEL VALLE VASQUEZ BRITO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.565.654, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01-02-1979, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de los ciudadanos JOAQUIN VASQUEZ y de MARLENY DE VASQU.....