Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, DECLARA INADMISIBLE, de conformidad con los artículos 437, literal "c" y 450 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Mirian Garelli Sarabia, en su carácter de Fiscal Décima del Ministerio Público del estado Monagas, contra la decisión de fecha 08 de Agosto de 2006, dictada con motivo de la celebración de la Audiencia Preliminar, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en la causa principal N° NP01-D-2005-000328, seguida contra el adolescente cuya identidad se omite conforme a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal a quo, admitió las pruebas ofrecidas por la Defensa referidas a una evaluación Psicológica practicada al citado a.....