Se dictó Sentencia Interlocutoria Declarando: CON LUGAR, el Recurso de Apelación ejercido por el Abogado JOSE GREGORIO ARTHUR, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JAIRO LOPEZ SEPULVEDA, Se Ordena REPONER LA CAUSA, al estado de ADMISION de la presente demanda de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 8.190 Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.- En consecuencia, se decreta la NULIDAD del fallo recurrido y de todo lo actuado con posterioridad al auto de admisión de la demanda, SE REPONE la causa al estado de nueva admisión de la demanda para que se cumpla con el procedimiento administrativo previsto en el Decreto Ley sobre Desalojos y Desocupación Arbitrario de Viviendas luego de lo cual una vez que obtenidas las resultas tal proceso continuara su curso.-