Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoara a través de coapoderado judicial, el ciudadano Oswaldo Castro, contra la empresa TRANSPORTE ENIO, C.A. (TECA), ambos plenamente identificados en autos.