visto el acuerdo transaccional presentado por los apoderados judiciales de las partes, producto de la mediación y siendo que les está permitido por sus poderdantes, transigir, convenir, desistir, por no ser contrario a derecho HOMOLOGA la transacción presentada conforme al parágrafo Unico del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de sus reglamento.