Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la solicitud interpuesta por la Defensora Privada, Dra. LISBETH FIGUERA CUMANA y MANTIENE al imputado DARWIN CELESTINO GUANARE GUARAMAIMA, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.069.925, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01/01/1979, de 27 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Agente Policial, hijo de los ciudadanos RAMON GUANARE y CARMEN GUARAMAIMA, residenciado en la Calle 02, Casa Sin Numero, Barrio Cruz Verde, Barcelona, Estado Anzoátegui, LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, ordinales 1°, 2° y 3° y 251 ordinales 2° y 3° y parágrafo primero ambo.....