Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: INCULPABLE Y ABSUELVE al ciudadano NESTOR ALI ESCOBAR GAMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.669.443, natural de Apure, Estado Apure, donde nació en fecha 05-06-1982, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Funcionario, hijo de Ali Escobar Vicente (V) Y Neli Gamez (V), residenciado en: Avenida Bolívar, residencias Naty piso 1 habitación 6 Puerto La Cruz Estado Anzoátegui; en la comisión de los delitos de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley Contra el Secuestro y la Extorsión cometido en perjuicio del ciudadano ESCALUIS COLMENARES COLMENARES y PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal, por cuanto .....