Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer Nº 1 del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, CALIFICA FLAGRANTE LA APREHENSIÓN del IMPUTADO; MARCOS LUIS ROJAS E IMPONE MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, antes identificado; por la presunta comisión del delito de; ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACION AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 260 y 259 de la LOPNA, en concordancia con el articulo 77 numeral 8 del CODIGO PENAL concatenado con el articulo 217 de la LOPNA, y DETENTACION DE ARMA BLANCA tipificado en el articulo 277 del código penal en relación con el en el articulo 114 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de R.P.P.B (IDENTIDAD OMITIDA), S.....