DISPOSITIVA
Esta Corte Superior Sección Adolescentes de la Región Oriental Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal de los Estados Anzoátegui y Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la norma contenida en el Literal ¿c¿ del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, en perfecta armonía con los artículos 448 y 172 eiusdem, declara INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE E INIMPUGNABLE, el presente Recurso de Apelación interpuesto por la DRA. BETZAIDA SANCHEZ OSTOS, en su carácter de Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público de este Estado, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 2 Sección Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, de fecha 28 de Febrero de 2002, en la causa N° 2C-0394-2002, actualmente BV01-D-2002-000059, seguida al adolescente cuya identidad se omite, conforme al artículo 65 de la Ley Or.....