este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede en El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara PRIMERO: INCOMPETENTE por la materia para conocer la presente demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales intentada por el abogado en ejercicio ISAIAS JOSE GUILARTE MARQUEZ ya identificado, en contra de la Sociedad Mercantil VIGILANTES LAUREL. C.A. (VIGILCA), por consiguiente se declina la competencia para el JUZGADO DEL MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, que resulte competente, tal y como ha sido establecido por la Sentencia de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia fecha 31-10-2.007, en concordancia con la Sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 13-03-2003, con ponencia del Magistrado CARLOS OBERTO VÉLEZ y con d.....