Por  las  razones  de  hecho  y  de  derecho  precedentemente  expuestas, este  Tribunal   N° 5  de  Primera  Instancia  en  Función  de  Control  del  Circuito  Judicial  Penal  del  Estado  Anzoátegui,  Administrando  Justicia  en  nombre  de  la  República  Bolivariana  de  Venezuela  y  por  Autoridad  de  Ley, DECRETA  EL  SOBRESEIMIENTO  DE  LA  CAUSA,  POR  PRESCRIPCION  DE  LA  ACCION  PENAL,  en  los  hechos  denunciados por  el  ciudadano  ERNESTO  SEGUNDO  FRAILE  ESCALONA, de  nacionalidad  venezolano, natural  de  Valle  de  la  Pascua  Estado  Guárico, de  profesión  u  oficio  Abogado, Titular  de  Cédula  de  Identidad  N.- 3.217.886, con  domicilio  en  la  Urbanización  Montalban,  Calle  60,  Residencias  Royal,  Piso  04,  Apartamento  42,  Caracas  Distrito Capital, de  conformidad  a  lo  previsto en  los  artículos 318  ordinal  3°, y artículo  48  ordinal  8°  del  Código  Orgánico  Procesal  Penal  en  relación con  el  ordinal  4°  del  artículo  108  del  Cód.....