Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal N° 5 de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, en los hechos denunciados por el ciudadano ERNESTO SEGUNDO FRAILE ESCALONA, de nacionalidad venezolano, natural de Valle de la Pascua Estado Guárico, de profesión u oficio Abogado, Titular de Cédula de Identidad N.- 3.217.886, con domicilio en la Urbanización Montalban, Calle 60, Residencias Royal, Piso 04, Apartamento 42, Caracas Distrito Capital, de conformidad a lo previsto en los artículos 318 ordinal 3°, y artículo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el ordinal 4° del artículo 108 del Cód.....