Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA APELACION ejercida por la abogada en ejercicio YAJANNY ESCALANTE GONZALEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 109.167, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana LETICIA ACOSTA ARANZAZU, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.655.136, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 09 de Octubre de 2.013.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por abogado OMAR EL SOUKI EL SOUKI, contra la indicada sentencia.