Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declaraCON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos, Nelson Jesús Martínez y Jhoana del Valle Tamanaico, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disueltoelvinculo matrimonial contraído por los Ciudadanos, Martínez y Tamanaico, venezolanos, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-10.998.767 y V-18.206.353, realizado en fecha 04 de Junio de Dos Mil Dos (04-06-2.002), por ante el despacho de la Primera Autoridad Civil del Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, quedando anotado en el Libro I Original de Matrimonios, llevados por ese despacho para el año 2.002, Folio 93 y 94, dicha Acta signada con el Numero "47"-