Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ORDENA la ubicación del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a través del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, Zona Policial N° 01, y del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Simón Bolívar, quien una vez ubicado deberá ser trasladado hasta la sede de este Tribunal, a los fines de ser impuesto e iniciar el cumplimiento de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, que le fue impuesta en sentencia de fecha 08 de Diciembre del año 2006, por el Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui; por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el articulo 458 y 83 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano.....