Por los razonamientos precedentemente esbozados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada contra el acusado HENRY ARTURO SANCHEZ OROZCO, venezolano, natural San Cristóbal, Estado Táchira, donde nació en fecha: 12-09-77, de 27 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 13.550.077, de estado civil soltero, de profesión u oficio oficinista, hijo de los ciudadanos Henry Sánchez y Gladis Orozco, (ambos vivos), dirección Calle Juncal, con calle Esperanza, S/N°, frente al Terminal de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17, de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana TERESA DEL VALLE MAYO.....