este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley declara: La declinatoria de competencia de la presente causa en razón de la materia, al Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Transito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.