En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINTA LA PENALIDAD del penado JIMY LEVISTON GARCIA LOPEZ, Colombiano, mayor de dad, natural de Cucuta, Colombia, donde nació en fecha 18-0171, hijo de Freddy Garcia y Pola Lopez, portador de la Cédula de Identidad Nº 8.271.477, domiciliado en Tronconal II, vereda 56, sector 11, Barcelona, Estado Anzoátegui, a cumplir la pena de DIEZ(10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO Y DISTRIBUCION DE ESTUPEFACIENTES, por cumplimiento de pena, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal.
Ofíciese al Ministerio del Interior y Justicia, a la oficina de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores y al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de Caracas y Barcelona, a objeto que eli.....