Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte Superior Sección de Adolescentes Región Oriental, Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal de los Estados Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. JULIA SFORZA RODRIGUEZ, en su carácter de defensora Pública Primera del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, contra la sentencia condenatoria dictada en fecha 26 de Septiembre de 2008, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal de Estado Anzoátegui, mediante la cual el Tribunal a quo, lo declaró responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR EN LA PERSONA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en concordancia con los artículos 68 y 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano IDENTIDA.....