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Decisiones del dia 28/11/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BP01-P-2005-005021 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2005
Procedimiento:
Libertad Sin Restriccion
Partes:
DR. ARMANDO JOSE LOROÑO, FISCAL PRIMERO AUXILIAR DEL MINISTERIO PÚBLICO, IMPUTADO: PABLO RAMON HERNANDEZ, DEFENSORA PRIVADA: DRA. DASMARYS ESPINOZA
Resumen:
En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCION al Imputado PABLO RAMON HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.155.368, soltero, nació el 20-02-81, de 24 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos: PABLO RAMON ROJAS y CARMEN HERNANDEZ, residenciado Calle Monte, N° 17, Barrio El Espejo, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal Venezolano, todo conforme a lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El Procedimiento a seguirse es el Ordinario. Líbrese Oficio a la Policía Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, participando la Libertad del imputado. Cúmplase.-
Juez/Ponente:
Magaly Hayary Brady Urbaez
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
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N° Expediente : BP01-P-2005-005021 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2005
Procedimiento:
Libertad Sin Restriccion
Partes:
FISCAL: DR. ARMANDO JOSE LOROÑO. IMPUTADO: PABLO RAMON HERNANDEZ. DEFENSA PRIVADA: ABOGADA DASMARYS ESPINOZA. VICTIMA: LA COLECTIVIDAD.
Resumen:
En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCION al Imputado PABLO RAMON HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.155.368, soltero, nació el 20-02-81, de 24 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos: PABLO RAMON ROJAS y CARMEN HERNANDEZ, residenciado Calle Monte, N° 17, Barrio El Espejo, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal Venezolano, todo conforme a lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El Procedimiento a seguirse es el Ordinario. Líbrese Oficio a la Policía Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, participando la Libertad del imputado. Cúmplase.-
Juez/Ponente:
Magaly Hayary Brady Urbaez
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
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