Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se Ordena previa seguridad del caso, el traslado del imputado RAMON AUGUSTO OROCOPEY ZAMBRANO al hospital Dr. Luis Razzetti, a los fines de que se le aplique el tratamiento en relación al trastorno Psicótico Agudo de tipo Esquizofrénico y al cuadro de deshidratación el cual presenta; SEGUNDO: Se ordena a la Comandancia General de la Policía a que mantenga estrictamente vigilado al ciudadano RAMON AUGUSTO OROCOPEY ZAMBRANO antes, durante y después de su hospitalización de ser el caso. Regístrese. Libérense los oficios correspondientes. Cúmplase.