este tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, la presente demanda de retardo perjudicial incoada por los ciudadanos JULIO CESAR MAESTRE, JOSE RAFAEL RENDON, LUIS ANTONIO MEDINA, ERNESTO HERNANDEZ, MIGUEL ANGEL BRICEÑO Y JOELKIS BERMUDEZ, en contra de la empresa AMERICA PROYECTOS, C.A. Cúmplase.