...donde se debate si hubo o no despido o abandono del trabajo y por ende, se devino en una indebida inversión de la carga probatoria por parte del órgano administrativo; todo lo cual conllevaría a esta juzgadora ineludiblemente a entrar a analizar y valorar cuestiones relativas al fondo del asunto discutido o debatido, es decir, implicaría el prejuzgamiento sobre el fondo del caso. Razón suficiente para que este juzgado, en aras de evitar una posible emisión de opinión, niegue la medida de suspensión de efectos peticionada por la recurrente y así se decide, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley...