En atención a las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de apelación ejercido por la abogada MARIA SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº183.865, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano Rogelio Arquímedes Noguera Herrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº6.929.109, domiciliado en la Calle 139, Nº73.20, Casa 63, Bogotá, Colombia, contra la Sentencia Definitiva de fecha 18 de Diciembre del año 2015, dictada por el Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción J.....