Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la incidencia planteada en el cobro de costas surgidas en el Convenimiento presentado por la parte demandada, en el acto de contestación de la demanda, planteado en la pretensión que por Cumplimiento de Contrato, incoara la ciudadana Melitza Alejandra Malavé García, en contra de la ciudadana Vivian Erta Gerardis de Rassi, ambas ya identificadas. Y así se decide.
En consecuencia, se condena en costas a la parte demandada, ciudadana Vivian Erta Gerardis de Rassi, de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artí.....