Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Anaco con funciones de Control Sección Adolescentes, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley decreta, al adolescente(SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 LOPNNA), de 16 años de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 26.552.053, hijo de los ciudadanos Roxana Castillo y Wilmer Guzmán, domiciliado en la calle Principal casa s/n Sector Alí Primera de la ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Defensor Público Dra. OLAISA MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 160.798, con domicilio procesal en la Avenida Intercomunal Tigre – Tigrito detrás del Hotel la Redoma vía al Cementerio Jardines de Guanipa, El Tigre Estado Anzoátegui, ha cumplir la pena de Libertad Asistida por el lapso de Un (01) año y Seis (06) meses de Orientación Verbal y Educativa e Imposición de Reglas de Conducta, por Admisión de los Hechos, como autor responsable del delito de ROB.....