En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Alicia Josefina Blanco, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.212.578 y de este domicilio, contra la Empresa "INDUSERVI, C.A.".