DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Sin Lugar la solicitud de una medida menos gravosa interpuesta por la Dra. CARMEN CECILIA SALAZAR GONZALEZ, en su condición de Defensora Publica del imputado SEQUERA MARTINEZ ALEXIS OMAR, identificado en autos, quien se encuentra Privado de Libertad por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA ELENA GARCIA, por cuanto no están llenos los presupuestos a que se refieren los artículos 256 y 259 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Articulo 264 Ejusdem. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.