Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN a favor del ciudadano JEAN CARLOS JOSE URBAEZ, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, en donde nació el 16-03-1977, de 28 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad personal N° 8.293.178,estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de LUIS FUENTES (V), y de ELSA URBAEZ (V), residenciado en Calle 6, Sector los Moya Meneses, casa sin numero, Barcelona, Estado Anzoátegui. Lìbrese el correspondiente oficio al Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transito y Transporte Terrestre, Unidad Estatal Nª 21, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de informar de la libertad del ciudadano JEAN CARLOS JOSE URBAEZ. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de éste Estado, .....