En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 02 DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOATEGUI Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, atendiendo a los principios universales consagrados en nuestra legislación venezolana, tales como el Derecho a la SALUD DECIDE: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el Abogado GONZALO DAMS FARRERA, en su condición de Defensor de Confianza del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado en las presentes actuaciones, en cuanto a ordenar el traslado del imputado IDENTIDAD OMITIDA, desde el hospital Luis Razetti a la Medicatura forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas delegación Barcelona, a los fines de que el medico forense de dicha institución le practique evaluación medica e informe sobre las condiciones de salud del mismo y si este puede o no .....