considera esta sentenciadora que no debe declarar la nulidad y reposición de la causa al estado de nueva admisión, pues la Alcaldía sí se enteró oportunamente de la demanda interpuesta contra el Instituto Autónomo Policía del Municipio Simón Bolívar y ha estado representada por la Sindico Procurador del Municipio y los abogados Pedro Alemán, Jenny Arcia, Barbara Farias y otros, en sus condiciones de apoderadas judiciales del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui como consta de poder especial otorgado por la Alcaldesa Ines Sifontes Gómez. En resumen no pueden decretarse reposiciones inútiles, y, en consecuencia, se niega la reposición al estado de nueva admisión.
Por ultimo se le insta a la diligenciante a no hacer solicitudes que solo tienden a demorar el proceso en perjuicio de las partes. Ahora bien, visto que las partes se encuentran a derecho se fija el Noveno (9°) día de despacho próximo, contado a partir de la presente fecha para la realización de la audiencia definitiva.....