Por los fundamentos antes expresados este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA PRIMERO: LA EJECUCIÓN de la SENTENCIA, contentiva de la MEDIDA DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA por el PLAZO de UN (01) AÑO impuesta al joven IDENTIDAD OMITIDA por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el articulo 277 del Código Penal vigente en agravio del ORDEN PUBLICO; SEGUNDO: LA COMPARECENCIA del prenombrado sancionado por ante este Tribunal de Ejecución de la Sección de adolescentes, de este Circuito Judicial Penal, el día MIERCOLES 12 DE DICIEMBRE DE 2007 A LAS 10:30 A.M., a los fines de ser impuesto de la ejecución de la sentencia en la presente causa e iniciar el cumplimiento de la Medida de Libertad Asistida. TERCERO: LA ELABORACION y REMISION a este Juzgado, de un PLAN INDIVI.....