Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado KELVIN LEANDRO ALVAREZ HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.341.017, natural de Catia, Caracas, donde nació en fecha 15/09/86, de 21 años de edad, de Estado civil soltero, de profesión u oficio Latonero, hijo de los ciudadanos Efrén Hernández (v) y Yaritza Hernández (v), residenciado en La Calle Eulalia Buroz, Barrio Brisas del Mar, Casa Nº 16-12, cerca de la licorería el Ratón, Barcelona Estado Anzoátegui, por la comisión del DELITO DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercer Aparte de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos, de conformidad con lo establecido en los artícu.....