Por los razonamientos precedentemente esbozados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada contra el acusado BENITO ANTONIO CMAPOS TANEPE, venezolano, natural de San Rafael de Laya, donde nació en fecha: 13-12-67, de 38 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 8.252.008, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de los ciudadanos IGNACIO CAMPOS CUMANA (D) y MARIA SUSANA TENEPE (V), (ambos vivos), dirección Calle Bolívar, casa s/n, frente al bar restaurante la Florida, Valle Guanape, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17, de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana DIL.....