Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Sin Lugar la Revisión de Medida interpuesto por el Dr. EDGAR SOSA L., en su condición de Defensor de Confianza de los imputados RAMON GRANADINO, LUIS GUTIERREZ, LUIS MARCANO y JOVANNY MARQUEZ, identificados en autos, quienes se encuentran privados de Libertad por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ARBITRARIA DE LIBERTAD y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 458, 174 y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos RAFAEL MODESTO e ISABEL ARROYO; de conformidad con el Articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.-