Con vista de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE NOTIFICAR A LAS EMPRESAS CO DEMANDADAS SERVICIOS QUIJADA, C.A., INVERSIONES VERACER, C.A. Y PDVSA PETROLEO, S.A. y A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA PARA LA REALIZACION DE LA AUDICENCIA PRELIMINAR, en consecuencia se ordena remitir los autos al Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial. Líbrese oficio de remisión, fóliese el expediente y asegúrense sus anexos. Estámpese la nota correspondiente en el libro de entrada y salida de causas correspondiente al régimen procesal transitorio llevado por este Tribunal.