Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos: JOSE RAMON CALDERON GUILARTE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.852.157, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 21-06-1982, de 24 años de edad, casado, Herrero, hijo de: ANTONIO CALDERON (V) y de IRENE GUILARTE (V), residenciado en: Brisas del Mar, casa Nº 11, Bello Monte, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui y LEOMAR EULICES CURBATA GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.076.543, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 16-12-1979, de 27 años de edad, soltero, Obrero, hijo de: LUIS CURBATA (V) y de CARMEN OMAIRA GTONZALEZ (V), residenciado en: Calle Arreaza, casa Nº 16-A, Bello Monte, Puerto la.....