En éste estado interviene el Abogado en ejercicio ANDRES KOSSUTH inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.032, y expone: " Vista la oferta presentada por la demandada, manifiesto que acepto el presente convenimiento de pago, dejando asentado que el ligar de pago correspondiente será en la secretaria del TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, SIMON RODRIGUEZ, GUANIPA Y JOSÉ GREGORIO MONAGAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, en los plazos establecidos, quedando abierta la medida preventiva de embargo, en caso de incumplimiento, es todo". Seguidamente el Tribunal da por cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede principal, siendo las siendo las una y media de la mañana, (01:30AM), el Tribunal se traslada a su sede principal. Terminó, se leyó y conformes firman.