Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano: VICTOR MANUEL PEREZ, quien es venezolano, natural de Clarines, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 22/09/1975, titular de cedula de identidad Nº V-15.154.032, de 36 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos: FRANCISCO CANACHE (F) y ESTHER PEREZ (F), residenciado en San Francisco de Píritu, Calle Principal, Casa S/Nº, Estado Anzoátegui, Número de teléfono: 0424-8573330, por la comisión del delito CAMBIO DE FLUJO Y SEDIMENTACIÓN Y EXTRACCIÓN ILÍCITA DE MATERIALES, previsto y sancionado en el artículo 30 y 31 de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con el artículo 15 Ejusdem y artículo 54 numeral 2º de la Ley de Aguas y artículo 80, numerales 1º, 2º, 3º y .....