Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio, fundamentada en fallo N° 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fallo Nro. 1070, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por el ciudadano: GEOVANNIS AGUSTIN TORRES SUAREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.347.951, en relación a su cónyuge, ciudadana RAQUEL JOSEFINA ROSALES RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 8.255.014. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio Civil, contraído por los mencionados.....