En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida por el ciudadano REINALDO ENRIQUE SANTAELLA, debidamente asistido por la Procuradora de Trabajadores de El Tigre. Estado Anzoátegui, y la Alcaldía del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, a través del Sindico Procurador Municipal; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Ahora bien, conforme al pago que las partes acordaron efectuarse se observa del escrito transaccional presentado por las partes en fecha 26 de junio de 2009, que el mismo fue acompañado de copia de instrumento cambiario, en prueba de su recepción signado el cheque No.49019481, girado contra la entidad bancaria DEL SUR. Banco Universal. en fecha 22-06-2009 NO ENDOSABLE, por un monto de DOCE MIL BOLIVARES (BsF.12.00.....