Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui .Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley DECLARA DE OFICIO el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), como COAUTOR en la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 460 del Código Penal en relación con el articulo 83 Ejusdem; BENEFICIO DE GANADO, previsto en el articulo 9 de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera; ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en relación con el articulo 83 del Código Penal y VIOLACION, previsto en el articulo 375 Ejusdem, cometidos en perjuicio de los ciudadanos JOSE CALDERON BERRA y MARIA REYES DE BERRA; por haber transcurrido más de .....