Se declara con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente formulado por los ciudadanos: LUIS ALBERTO SANCHEZ MOLINA Y MARISOL DEL CARMEN CENTENO DE SANCHEZ, de nacionalidad Colombiana el 1ero y la 2da Venezolana, mayores de edad y titulares de la cedulas de identidad N E-80.336.742 y V-6.924.516 respectivamente, de este domicilio. En consecuencia se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil.