D E C I S I O N
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARAGUA, SIR ARTHUR MC GREGOR Y SANTA ANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la Causa de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentado por los ciudadanos: PETRA DEL CARMEN MACHUCA y NELSON DOMINGO SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V- 10.999.142 V- 9.821.058, respectivamente, números de teléfonos; 0424.878.48.46 y 0414.184.25.15, ambos domiciliados en la Ciudad de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua estado Anzoátegui. Debidamente Asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio: JUAN JOSÈ GUACARAN, inscrito en el I.P.S.A Bajo el número 162.638 de conformidad con lo establecido en el artículo 184 y 185 del Código Civil vigente y el artículo 8, ordinal 8° de la .....