Por las razones de Derecho precedentes este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante en el juicio principal contra la decisión de fecha 11 de mayo de 2004, dictada por el Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la cual queda REVOCADA. 2) CON LUGAR la demanda por diferencia de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE MORILLO contra la sociedad mercantil EL BRASERO, C.A., identificados en autos. Se condena en costas a la parte demandada.