Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley ORDENA LA CAPTURA del ciudadano IDENTIDAD OMITIDAy , venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el 05/02/199, de 19 años de edad; titular de la cédula de identidad Nº 19.316.098, soltero, hijo de los ciudadanos GABRIEL HERNANDEZ y MARILU LOPEZ, domiciliado en la Calle los Olivos, casa Nº 51, las Delicias Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, y a tales efectos se comisiona a la Zona Policial Nº 02 de la Policía del Estado Anzoátegui, al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas División de Captura Delegación Puerto La Cruz, y en consecuencia se SUSPENDE EL PRESENTE ASUNTO, hasta tanto e.....