Por las razones de hecho y derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio actuando como Tribunal MIXTO del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: POR UNANIMIDAD INCULPABLE al ciudadano ALAN DELFIN PEÑA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 18.699.221, natural de Valencia Estado Carabobo, de 22 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Comerciante, hijo de los ciudadanos: LUIS ALBERTO PEÑA GARCIA Y SOLEDAD DE SAN JUAN GAMEZ COLMENARES, domiciliado en; Urbanización el Parral, calle brazo, caciquearé, N 126-A-58D, Valencia, Estado Carabobo, y lo ABSUELVE por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy occiso RONALD JOSE DIAZ CHIPANO, por cuanto del cúmulo probatorio evacuado en el debate no se de.....