Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana CARLE DEL VALLE MARIN VALERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº V-18.128.415, en contra del ciudadano FRANCISCO ALEJANDRO ALEMAN GOMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.731.272, con fundamento en las causales segunda y tercera establecidas en el artículo 185 del Código Civil, referida al "Abandono voluntario" y "los excesos, sevicias e injurias que hacen imposible la vida en común". En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que une a los cónyuges.