En consecuencia este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al acusado JAVIER ISAIAS INOJOSA DELGADO, plenamente identificado a los autos, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal, por Extinción de la acción penal, de conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7° y 324 ordinal del Código Orgánico Procesal Penal, cuyo efecto conforme al artículo 319 ibidem; es poner término al presente procedimiento y cesa la Medida impuesta por este Tribunal de Control N° 5 en 11/01/2001.
Publíquese, regístrese la presente decisión, Notifiquese a la víctima de conformidad con el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal, librese oficio al Jefe del Al.....